Seguridad

Implicados con agresión a niño en guardería Garden House ” en Santa Cruz

Implicados con agresión a niño en guardería Garden House ” en Santa Cruz

Imágenes de los implicados en los vejamenes contra un niño de tres años en Santa Cruz  

 

La Policía y la Fiscalía de Santa Cruz intervinieron la Guardería Jardín de Infantes Garden House, donde un niño de 3 años fue vejado por los cuidadores, entre esos, Rommy Agreda Álvarez y Diego Arturo Chacón Oblitas, imputados por lesiones graves y leves.

De acuerdo a la denuncia e investigación preliminar el niño era puesto boca abajo y amarrado con cinta adhesiva. En la acción se procedió al secuestro de dos CPU's, un DVR, documentos y otros.

Entre tanto, el Viceministerio de Igualdad de Oportunidades (VIO) evidenció inacción y omisión en el cumplimiento de responsabilidades por parte del personal de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia (DNA) del Distrito 3 de Santa Cruz.

La viceministra Nadia Cruz, indicó que si bien es destacable la aprehensión de los presuntos implicados en la vulneración de derechos en ese centro infantil, no se puede omitir el incumplimiento de deberes en los que incurrió el personal de la DNA; “por lo que ya se solicitó al alcalde de Santa Cruz las acciones que corresponden ante dicho incumplimiento e inacción”.

Según dijo, ante esta evidencia, identificada en un informe que el 26 de enero le remitió el Gobierno Municipal de Santa Cruz, este viernes, en una nota enviada al alcalde Fernández, le pidió que, inmediatamente, inicie las investigaciones y acciones que correspondan para determinar responsabilidades administrativas o penales y proceder a la destitución si así correspondiese.

“La Defensoría de la Niñez y Adolescencia, en el marco de su atribuciones y obligaciones, incumplió la obligación de denunciar el hecho de violencia en contra del niño, así como brindar la orientación, apoyo y acompañamiento respectivo, una vez se haya verificado la denuncia de violencia, previstas en el artículo 286 de la Ley N° 1970 y el Artículo 188 de la Ley N° 548”, señala Cruz en la nota remitida a Fernández.

De acuerdo al informe municipal que recibió el VIO, el equipo técnico de la DNA incurrió en una inacción durante 11 días en los que, tras conocer la denuncia de maltrato y vulneración de derechos del niño de tres años, el 11 de enero de 2023, no interpuso ninguna denuncia en contra de la guardería, hasta que el caso se conoció a través de los medios de comunicación.

Lo que evidencia una “omisión de las responsabilidades del equipo técnico de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, toda vez que conforme se tiene previsto en la Ley N° 548, Código Niña, Niño y Adolescente esta instancia de protección no requiere mandato expreso para poder interponer denuncias ante autoridades competentes por conductas y hechos de violencia o delitos cometidos contra niñas, niños y adolescentes”.

Cruz precisa que “habiendo conocido el hecho de violencia contra este niño en la guardería, debió iniciarse las acciones necesarias para verificar la denuncia conforme lo establece el Inciso c) del Artículo 188 de la norma precitada, y no esperar que los denunciantes remitan los medios e información para identificar la vulneración de derechos del niño; o esperar que exista una autorización o apersonamiento de la progenitora para accionar las medidas necesarias para la protección y restitución de derechos del mencionado niño”.

Además, se conoció que la denuncia fue conocida en diferentes momentos por las y los servidores públicos de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Distrito 3, quienes no cumplieron con el mandato legal de protección y acción inmediata establecidos en la Ley 548, encuadrando sus actuaciones solo en un asesoramiento y no una actuación directa y coordinada, a pesar de que vecinos denunciaron que sus hijos habrían sido agredidos por las educadoras de la guardería Garden House, limitándose solo a indicarles que debían realizar la denuncia ante las instancias competentes.

Además, una abogada que acompañaba a los vecinos denunciantes mencionó que “deben realizar primeramente la denuncia los propietarios de la guardería, y que de forma posterior se adhieran a dicha denuncia como parte civil y afectados”.

Este criterio, según la Viceministra, es totalmente equivocado ya que la Defensoría de la Niñez y Adolescencia tenía el deber de asesorar jurídicamente e iniciar acciones inmediatamente.

Otro tema que preocupa al VIO y que fue identificado en el informe de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, es que se informó textualmente que “el tema lo tenían que consultar con la mama del niño afectado (…) ya que la mama es soltera y el papa es de un temperamento muy intenso”, información que supondría un indicio de una posible vulnerabilidad de la mujer que también debió ser considerado en el marco del interés superior del niño.

Frente a estas omisiones identificadas, la Viceministra pidió al Alcalde que, de manera inmediata, se realicen las acciones correspondientes de investigación, denuncia e intervención para la defensa de todas las niñas y niños que fueron víctimas de vulneración de sus derechos por parte del personal de la guardería Garden House, que conforme a información preliminar no contaría con las autorizaciones y acreditaciones correspondientes, debiendo considerarse su respectivo cierre conforme las previsiones normativas vigentes.

Cruz, así también, pidió que se remita a su despacho, en un plazo máximo de 48 horas, un informe pormenorizado sobre las acciones asumidas por el Gobierno Municipal, reservándose el derecho de interponer otros recursos judiciales o administrativos que correspondieren.

 

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