Cooperativistas mineros marcharán en rechazo al proyecto de Ley de la Madre Tierra
Mineros cooperativistas iniciarán movilizaciones
Para este jueves 22 de abril, las 46 cooperativas que son parte de la Federación Departamental de Cooperativas Mineras (Fedecomin) de Oruro, realizarán una marcha de protesta en rechazo al proyecto de Ley de Defensa de la Madre Tierra, considerada atentatoria y “lapidaria” para las operaciones mineras del país.
El presidente de la Fedecomin Oruro, Roberto Escobar, explicó que la determinación a salir en marcha de protesta, se consensuó tras una asamblea efectuada el martes 20 de abril, donde la primera opción para iniciar protesta era los bloqueos de caminos, pero primero se busca ser escuchados por las autoridades nacionales, caso contrario, se masificará las medidas.
Fedecomin rechaza proyecto de Ley de Defensa de la Madre Tierra
ARTÍCULOS OBSERVADOS
Son siete artículos de este proyecto de ley que son observados por los cooperativistas mineros:
Artículo 1, que establece la estructura y funcionamiento de la Defensoría de la Madre Tierra, porque se crea un nuevo ente acusador, pese a que ya se cuenta con varias instancias que regulan el funcionamiento adecuado de las cooperativas.
Artículo 4 numeral 4, sobre la confidencialidad y reserva, porque la información recogida será reservada y esto genera la indefensión, ya que no se informará del porqué se le acusa.
Artículo 4 numeral 6, sobre la interculturalidad y participación activa en las operaciones mineras, considerando que esto promueve el “chantaje” de parte de las comunidades, que podrán exigir porcentajes de participación a título de preservar el medioambiente.
Artículo 5, de las atribuciones, que permitirá que las actividades productivas activas podrán ser intervenidas. Además que se da atribuciones a la Jurisdicción Indígena Originaria a que se juzguen a los operadores mineros sin derecho a defensa.
Artículo 14, Sobre las funciones que impulsa la participación social en el ámbito rural y urbano, que para los mineros cooperativistas podría paralizar y agudizar la situación económica.
Artículo 16, sobre la inviolabilidad, que permite a la Defensoría de la Madre Tierra no permite el derecho a la réplica, ya que se actúa como cosa juzgada.
Artículo 22, que permite la persecución penal a los dirigentes, y se desconoce el procedimiento de la justicia ordinaria para estos casos.
Artículo 26, de la Censura Pública, porque establece que no se puede contradecir a la Defensoría de la Madre Tierra, es decir que ningún funcionario podrá emitir criterio distinto para no ser censurado. Las decisiones de la Defensoría son inapelables, por tanto no respeta el debido proceso.