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Fiscalía descongestiona mora procesal con salidas alternativas en 22.000 casos

Fiscalía descongestiona mora procesal con salidas alternativas en 22.000 casos

 

Dentro del Modelo de Gestión Fiscal por Resultados, entre el 2019 a octubre de 2022, el Ministerio Público promovió salidas alternativas y logró concluir más de 22.698 casos a través de los requerimientos de criterio de oportunidad, conciliación, procedimiento abreviado y la suspensión condicional del proceso.

“A inicios de la gestión del Fiscal General del Estado, se implementaron las Fiscalías Especializadas en Delitos Patrimoniales y de Solución Temprana, entre otras, con el objetivo de resolver los casos en el menor tiempo posible a través de la aplicación de las salidas alternativas que son formas procesales alternas al juicio oral de resolver un proceso penal, es así que, desde el año 2019 a octubre de 2022, se inició el trabajo de promoción de las salidas alternativas y se logró concluir más de 22 mil casos de delitos como Estafas, Robo, hurto, Estelionato, Lesiones Graves en Accidentes de Tránsito, entre otros menos graves”, informó el Director de la Fiscalía Especializada en Delitos Patrimoniales y Solución Temprana, Cristhian Miranda.

Detalló que desde el 2019 hasta octubre de 2022, las Fiscalías Especializadas en Delitos Patrimoniales y Solución Temprana concluyeron 3.939 casos con la salida alternativa de criterio de oportunidad, 10.069 a través de la conciliación, 7.036 procesos cerrados a través del procedimiento abreviado y 1.654 con la suspensión condicional del proceso, haciendo un total de 22.698 casos que fueron descongestionados de la carga procesal activa.

Asimismo, explicó que el artículo 326 del Código de Procedimiento Penal establece cuatro tipos de salidas alternativas: el criterio de oportunidad en casos de escasa relevancia social, que se aplica cuando el imputado acuerda reparar el daño causado a la víctima; la suspensión condicional del proceso que es un acuerdo entre las partes con la reparación del daño o el afianzamiento suficiente, aplicado a delitos cuya pena privativa de libertad sea igual o inferior a seis años, previo cumplimiento de ciertas condiciones durante un periodo establecido por el Juez de la causa.

La conciliación es el acuerdo voluntario que surge entre las partes para la reparación del daño a la víctima, que permita la conclusión del proceso e incluso la extinción de la acción penal y el procedimiento abreviado que permite la simplificación del proceso, en virtud del acuerdo entre el Fiscal, el imputado y su abogado defensor de prescindir del juicio ordinario facultando al Juez, en caso de admitir su procedencia sobre la base de la admisión de los hechos por parte del imputado e imponer una sentencia.

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