Economía

Aduana facilita importaciones con el Despacho de Menor Cuantía

Aduana facilita importaciones con el Despacho de Menor Cuantía

 

“La Aduana Nacional recuerda que está vigente el Despacho de Importación de Menor Cuantía, para nacionalizar mercancías que son ingresadas por lo pasos fronterizos de manera peatonal, en el equipaje de viajeros, triciclos, carretillas o balsas, así como las mercancías que traen viajeros internacionales vía aérea.

Este despacho de importación aplica a mercancías cuyo valor no supere los 2,000 dólares, con algunas excepciones, como vehículos automotores y mercancías prohibidas por la normativa específica”, aseguró Erika Pérez Lozano, Administradora Aduana Interior Potosí.

Para realizar esta importación, la persona solo necesita completar la Declaración de Mercancías de Importación Simplificada (DIMS) en el sistema de la Aduana de acceso rápido y desde cualquier aparato electrónico como un celular y adjuntar documentos de respaldo, como facturas, guías de transporte y certificados de origen, este último cuando corresponda. Si este ciudadano no está registrado ante la Aduana Nacional, puede hacerlo al elaborar su DIMS. Este registro no tiene costo alguno.

El importador puede elaborar y registrar la DIMS directamente en el sistema SUMA de la Aduana Nacional, en la frontera o en el aeropuerto al momento de su arribo. Si tiene dificultades, el personal de la Aduana lo asistirá en el proceso.

Una vez registrada y presentada la DIMS, la Aduana revisa y acepta la declaración. Luego, esta persona debe pagar los tributos aduaneros en cualquier entidad financiera autorizada o desde su banca móvil de manera inmediata, a través de QR. Al finalizar, podrá retirar su mercancía en el momento de su llegada a Bolivia. Esta mercancía tendrá libre circulación en todo el territorio nacional.

Los requisitos para el Despacho de Importación de Menor Cuantía son:

 

  • Factura, nota de venta u otro documento de compra.
  • Documento de identificación o pasaporte.
  • Certificados y/o autorizaciones previas, según corresponda.
  • Certificado de origen, en caso de mercancías sujetas a preferencias arancelarias.
  • Para mercancías que llegan vía aérea, copia de la guía aérea.

 

Pérez, enfatizó que este régimen también contempla restricciones. No se aplica cuando las mercancías superan el valor permitido. Tampoco si ingresan a Bolivia con Manifiesto Internacional de Carga por vía terrestre (excepto en Áreas de Control Integrado). No está permitido para vehículos automotores o productos prohibidos por la normativa, como la prendería usada.

Rdc/dea

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